Según Carta N° 309 y 310 del 21 de Abril de 2009, enviada por la Dirección Regional a la totalidad de los proyectos de la Región, en el cual, además de remitir las correspondientes Liquidaciones de Pago se hace mención a la presentación de la información emanada por cada proyecto desde SENAINFO y también se tomará en consideración los proyectos que presenten el Indice de la Calidad de Información Alto para la retención de la subvención SENAME.
En tal sentido se recuerda que sobre la base del convenio entre el Organismo Colaborador Acreditado y Sename, y Reglamento de la Ley Nº 20.032, los cuales mencionan: “Los colaboradores acreditados deberán remitir al SENAME un informe mensual, el que deberá señalar, a lo menos, el saldo inicial de los fondos disponibles, el monto de los recursos recibidos en el mes, el monto de los egresos realizados, el detalle de éstos, y el saldo disponible para el mes siguiente.
El SENAME, determinará la forma y contenidos específicos del informe mensual a que se refiere el inciso anterior y la oportunidad en que deberá ser presentado. “
Al respecto y según lo indicado sobre la forma de emitir las rendiciones de cuentas según Circular Nº 03 de fecha 15/01/2009 remitida a todos los proyectos de la Décima Región (ingresada en la base de datos Senainfo y con la documentación correspondiente: adjuntando cartola mensual, conciliación bancaria, fotocopia libro banco o impresa computacionalmente y comprobante de ingreso de la subvención), se informa que se comenzarán a retener pagos de subvención desde el presente mes a los proyectos que no cumplan con lo ya expuesto.
Por último se enfatisa en el hecho de que se tomará en consideración los proyectos con Índice de la Calidad de la Información Altos, es decir, residencias con menos del 50% de las visitas registradas en la base de datos Senainfo, proyectos sin información en: diagnósticos sociales, escolares, personas relacionadas, etc., para la retención del pago de subvención."
El SENAME, determinará la forma y contenidos específicos del informe mensual a que se refiere el inciso anterior y la oportunidad en que deberá ser presentado. “
Al respecto y según lo indicado sobre la forma de emitir las rendiciones de cuentas según Circular Nº 03 de fecha 15/01/2009 remitida a todos los proyectos de la Décima Región (ingresada en la base de datos Senainfo y con la documentación correspondiente: adjuntando cartola mensual, conciliación bancaria, fotocopia libro banco o impresa computacionalmente y comprobante de ingreso de la subvención), se informa que se comenzarán a retener pagos de subvención desde el presente mes a los proyectos que no cumplan con lo ya expuesto.
Por último se enfatisa en el hecho de que se tomará en consideración los proyectos con Índice de la Calidad de la Información Altos, es decir, residencias con menos del 50% de las visitas registradas en la base de datos Senainfo, proyectos sin información en: diagnósticos sociales, escolares, personas relacionadas, etc., para la retención del pago de subvención."
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