viernes, 17 de abril de 2009

Circular N° 03 del 15 de Enero de 2009

En el marco de la Circular N° 03 del 15 de Enero de 2009, que fija plazos de entrega resumen de atención mensual y rendiciones de cuentas ambos emitidos por SENAINFO e instruye sobre registro de inventario y solicita entrega en Dirección Regional, se recuerda a los proyectos que aun no hay regularizado la entrega de Inventarios a esta Dirección Regional efectuar dicha presentación a la brevedad de acuerdo a lo señalado en Circular N° 19 sobre Normas e instrucciones sobre rendiciones de cuentas de Fondos transferidos en virtud de la Ley N° 20.032, de 2005 que establece que cada proyecto deberá implementar y mantener un sistema de control de inventario en forma manual o computacional, respecto de los bienes destinados por SENAME al proyecto y aquellos con fondos de la subvención, en el cual se registrarán a lo menos los siguientes datos:
  • Identificación y descripción de la especie
  • Origen de la adquisición (Aporte Sename, Institución, Donación, etc.)
  • Identificar el comprobante de egresos y documento de respaldo de la adquisición (Factura, Boleta, etc.)
  • Ubicación de las especies (lugar físico en que se encuentra)
  • Estado del Bien
  • Cantidad
  • Observaciones (cualquier situación que afecte la conformación del inventario, ejemplo: modificaciones, o traslados)

Finalmente, mencionar que en los convenios establecidos entre el Colaborador Acreditado y SENAME se estipula lo siguiente: "durante la ejecución del proyecto, el colaborador se compromete a cumplir especialmente las siguientes obligaciones: ... llevar un registro de inventario actualizado de los bienes muebles que hubiera adquirido con los fondos proporcionados por SENAME y de los bienes que le hubieren sido destinados por éste, registrando en dicho inventario su estado y ubicación, y enviar copia del mismo, a lo menos una vez al año, a la Dirección Regional, la que lo supervisará."

En atención a esto último es que se solicita a todos los proyectos de la Región de Los Lagos, que aun no lo hacen, enviar el registro de inventario correspondiente al año 2008 debidamente actualizado.

miércoles, 15 de abril de 2009

Extractos: Circular N° 19

En el marco de la Ley N° 20.032 y Circular N° 19 del 25 de Julio de 2005, relativo a las Normas sobre Rendiciones de Cuentas de fondos transferidos en virtud a la Ley en comento que establece en su Titulo III Normas Generales:


3.3 De la Documentación de Respaldo de los Gastos

La documentación de respaldo de los ingresos y egresos lo constituyen los documentos legales u otros que sustentan las operaciones que se realicen para la atención de los niños, niñas y adolescentes y para dar cumplimiento a los objetivos de los proyectos.

La Documentación Válida de respaldo corresponderá a las siguientes:

  1. Facturas, con la respectiva guía de despacho, si procediere esta última.
  2. Boletas de compraventa
  3. Contratos de Trabajo, Liquidaciones de sueldo y finiquitos de contratos
  4. Boletas de honorarios manuales o electrónicas
  5. Convenios con terceros, cuando corresponda y boletas de prestación de servicios
  6. Boletas de Depósitos por pago de impuestos, pagos provisionales y otros que se rindan centralizadamente
  7. Formulario N° 29 (o fotocopia), o Certificado del SII, adjuntando al comprobante de egresos un detalle de los impuestos retenidos (nóminas de los trabajadores del proyecto)
  8. Planillas de Leyes Sociales, Previsionales y de Salud
  9. Planillas Pago a Terceros. Ejemplo: Caja de Compensaciones, Mutual de Seguridad, Pago de Seguros, etc.
  10. Contratos de Arrendamiento de Inmuebles y recibos de pago
  11. Cartolas Bancarias, por impuestos bancarios.


Los documentos antes señalados, deben cumplir con todas las formalidades requeridas para cada caso cuando corresponda, tales como, firma, timbre y fecha de cancelación, entre otros.

En caso de la movilización urbana el uso de taxi deberá respaldarse con el respectivo boleto. Sin perjuicio de ello, no será necesario adjuntar boletos de microbús y colectivos, bastando como respaldo la planilla de movilización debidamente emitida y autorizada por la dirección del proyecto. Dicha planilla debe tener, a lo menos, la siguiente información: fecha, nombre de la persona que realizó el gasto, motivo, origen y destino del trayecto, monto, firma del beneficiario y V° B° del director del proyecto, en señal de autorización.

Para los gastos por movilización interurbana, interprovincial o interregional, será necesario adjuntar el boleto o pasaje emitido por la empresa de transporte respectivo.

  • Comprobantes específicos:

Se considerarán respaldos para aquellos gastos específicos asociados a: Correos, gas, establecimientos educacionales, parquímetros, alojamientos (pensiones) en casas particulares, Registro Civil, tribunales, u otros de similar naturaleza, los recibos y/o comprobantes que acrediten la recepción de los fondos admitidos por las personas u organismos prestadores del servicio. Además, excepcionalmente comprobantes internos de instituciones de beneficencia exentos de impuestos, vales por valores inferiores al mono legal de emisión de boleta, recibos internos por adquisición de diarios y revistas para uso de los niños/as y adolescentes atendidos en el proyecto.

En los casos que corresponda deberá exigirse el timbre del emisor del documento.

Documentos que no serán aceptados como respaldo válido de egresos

  • Recibos y vales internos distintos a los señalados en los comprobantes específicos.
  • Desimantación de respaldo, remarcada, enmendada o ilegible
  • Documentación en fotocopia no legalizada o copia de Fax. Se exceptúa de la legalización de la fotocopia aquellos documentos vinculados con el pago de impuestos o leyes provisionales.
  • Y cualquier otro documento que no cumpla con los requisitos mínimos exigidos.


martes, 7 de abril de 2009

Pago Sobreatención Mensual

Se comunica a los proyectos de la línea de Resoponsabilidad Penal Adolescente, que con la finalidad de que les sean pagados en la fecha que corresponde las sobreatenciones registradas, se les solicita traer, a la DR Los Lagos, las carpetas con Copia de Certificado Nacimiento; Copia de Orden de Ingreso del Tribunal respectivo por los adolescentes ingresados en el Mes que se revisará; Registro de Intervenciones del mes (CON LA INFORMACION MINIMA QUE DEBE CONTENER); Y en el caso de los Programas que lo tienen incorporado, Planilla de Asistencia a Programa del Joven con su respectiva firma de los niños/as y adolescentes vigentes al mes de Marzo 2009.

La revisión se realizará desde hoy y hasta el lunes 13 de Abril (sin considerar el día jueves puesto que la Dirección Regional tendrá una Jornada Regional y no estaremos disponibles en la oficina), por lo tanto los proyectos de Puerto Montt, favor tratar de comunicarse con sus respectivos supervisores para realizar la revisión durante la tarde de hoy.

Los proyectos de Osorno favor traer carpetas mañana y Castro el lunes durante la tarde.
Si falta algo de Puerto Montt hoy se seguirá revisando mañana Miercoles o el Lunes durante la mañana.

lunes, 30 de marzo de 2009

Recepción Documentación

La recepción de Resumen de Atención correspondiente al mes de Marzo será recepcionado hasta el día viernes 03 de Abril hasta las 13:00 hrs.
Se recuerda que cada proyecto debe verificar que en su resumen de atención mensual se refleje el monto a pagar por las atenciones efectivamente realizadas. Este monto se encuentra en el tercer recuadro de la planilla señalada. Si se refleja un monto a pagar igual a Cero favor comunicarse con Denisse Bello al fono 065 - 223119 o al mail dbello@sename.cl (Coordinadora UPLAE, Región de Los Lagos), para regularizar esta situación.
Recordar además enviar las planillas de atención debidamente firmadas y timbradas por el/la Director/a del proyecto.
Con respecto al resumen de cuentas, este será recepcionado hasta el martes 07 de Abril.

jueves, 26 de marzo de 2009

Extractos: Circular N° 19

En el marco de la Ley N° 20.032 y Curcular N° 19 del 25 de Julio de 2005, relativo a las Normas sobre Rendiciones de Cuentas de fondos transferidos en virtud a la Ley en comento que establece en su Titulo III Normas Generales:
3.2 Limitaciones al uso y destino de los fondos transferidos por Subvención
No se aceptarán gastos e inversiones que se aparten de la finalidad para los cuales fueron transferidos por SENAME, conforme a los convenios suscritos. A modo de ejemplo: pagos efectuados por concepto de multas e intereses, otorgamiento de préstamos de cualquier tipo, gastos sin documentación de respaldo, gastos no asociados a los objetivos del proyecto, entre otros. De la misma forma, los gastos efectuados fuera de la vigencia del proyecto, no podrán asumirse con estos recursos. Cabe tener presente, que en el evento que sea necesario efectuar estos gastos, se deberá recurrir a financiamiento distinto a los fondos aportados por el Servicio.

miércoles, 25 de marzo de 2009

Extractos: Circular N° 19

En el marco de la Ley N° 20.032 y Curcular N° 19 del 25 de Julio de 2005, relativo a las Normas sobre Rendiciones de Cuentas de fondos transferidos en virtud a la Ley en comento que establece en su Titulo III Normas Generales:
3.1 Uso y destino de los fondos transferidos por Subvención
La subvención fiscal, conforme a los señalado en el artículo 65 del reglamento deberá ser destinada por los colaboradores acreditados al financieamiento de quellos gastos que origina la atención de los niños, niñas y adolescentes, tales como: remuneraciones y otros beneficios legales del personal, alimentación, vestuario, educación, salud e higiene, deportes y recreación, consumos básicos, mantenciones y reparaciones de inmuebles e instalaciones y, en general, todos aquellos gastos de administración y otra naturaleza que se efectúen con motivo de las actividades que desarrollen para la atención de ellos y la ejecución de proyectos aprobados por el SENAME.
Lo anterior, regirá además, para los fondos que adminsitren en forma centralizada, los colaboradores acreditados, en conformidad a lo señalado en artículo 28 de la Ley N° 20.032 y artículo 72 del Reglamento. Cabe señalar que estos fondos sólo podrán ser destinados a gastos de administración que se utilicen para el cumplimiento de los objetivos del proyecto y de las actividades que se desarrollan para la atención de los niños, niñas y adolescentes.

lunes, 16 de marzo de 2009

La Hora del Planeta


¿Qué es La Hora del Planeta?

El próximo 28 de marzo, a las 20:30, tienes una cita con el Planeta para demostrar que la lucha contra el Cambio Climático es posible. Esta iniciativa de WWF es la mayor campaña en defensa del medio ambiente de la historia, en la que participarán 1000 millones de personas. La Hora del Planeta 2009 involucrará a los gobiernos, ciudadanos y empresas en una acción conjunta para llamar la atención sobre los efectos del calentamiento global y exigir a los líderes políticos que actúen para controlar las emisiones de CO2 antes de que sea demasiado tarde. Hasta ahora, más de 1000 ciudades de 80 países se han comprometido a apagar las luces de sus edificios más emblemáticos, como gesto simbólico de apoyo a La Hora del Planeta.


¿Cuál es el objetivo de La Hora del Planeta?


En diciembre de este año, los líderes de 192 países se reunirán en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático que tendrá lugar en Copenhague para lograr un nuevo acuerdo global que de continuidad al protocolo de Kioto. Es la última oportunidad que tiene la humanidad para actuar de forma conjunta contra el cambio climático y por eso, La Hora del Planeta de WWF quiere mandar un mensaje claro exigiendo un acuerdo ambicioso, justo y equitativo.